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Por: Maritza Sáenz Crisóstomo

INDUSTRIA TV

Publicada el 26/06/2020 - 05:27 PM

Empresarios, esto deben saber para comenzar a operar nuevamente


El Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de covid-19 es un requisito indispensable para volver a trabajar.

Si bien en muchas regiones ya se activó la segunda fase para el reinicio de algunos rubros económicos, las empresas no podrán funcionar si no presentan su Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de covid-19, la cual es regulada por la resolución ministerial 239-2020-MINSA

Esto lo detalló el abogado laboralista de EY-Perú, Renán Mantilla, a través de La Industria en Vivo. “La elaboración del plan la realiza el empleador a través del área de Recursos Humanos o el Comité de seguridad y Salud en el Trabajo, si estos no existen puede ser el supervisor o un profesional de la salud”, precisó. 

Dicho documento es aprobado automáticamente, luego de ser registrado en la plataforma virtual del Ministerio de Salud. Ni bien se presente, la empresa podrá comenzar a operar. En el plan, se detallan los lineamientos que seguirá la empresa para proteger a su personal ante el contagio del SARS-CoV-2, por eso es indispensable que se determine el nivel de exposición laboral.

“Se tiene que determinar el grado de exposición del trabajador, entre bajo, mediano, alto y muy alto, por lo general esto se conoce al establecer su interacción directa con pacientes confirmados con covid; por ejemplo, el personal de salud. Esto es importante, pues las empresas no están obligadas a practicar las pruebas rápidas o moleculares a sus empleados de bajo riesgo”, refirió.

Mantilla aclaró que la presentación del plan es un trámite sencillo y no se necesita asesoría de algún profesional. Además, agregó que, de acuerdo al número de trabajadores, la empresa está en la obligación de contratar a un licenciado en enfermería o un médico ocupacional, para encargarse de la evaluación del personal, el mínimo de horas no ha sido definido.

En cuanto al reingreso de trabajadores, refirió que todos los que son población vulnerable deben continuar en cuarentena, hasta que pase el riesgo de contagio. Esta información deberá ser aclarada en la planilla, si el trabajador conoce su estado de salud y aún así, continúa en labores, debe ser evaluado por un profesional de salud, para no exponerlo.

Quienes hayan padecido de la covid-19 durante el periodo de emergencia, deberán volver a trabajar después de 14 y hasta 45 días, según la enfermedad haya sido leve, moderada o grave. La autorización será entregada por un médico tratante, que no trabaje en la empresa. 

Finalmente, el abogado recordó a los empleadores que deben sujetarse a estos lineamientos pues no solo corren el riesgo de ser multadas con sanciones que oscilan entre S/ 11,309 y S/ 225,879, también podrán ser denunciados penalmente y castigados con pena privativa de la libertad entre 1 a 8 años. 


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