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Por: Redacción La Industria
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Publicada el 03/05/2024 - 11:08 AM
Retiro de AFP: afiliados pueden presentar solicitud desde el 20 de mayo
SBS publicó el procedimiento operativo para retiro de fondos AFP a partir del próximo 20 de mayo..
Los afiliados a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) pueden presentar su solicitud de retiro de hasta 20,600 soles (cuatro Unidades Impositivas Tributarias – UIT) desde el 20 de mayo próximo, según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) .
A través de la Resolución SBS N° 01623-2024, la SBS publicó el procedimiento operativo para el retiro de fondos de las AFP, cautelando el cumplimiento del marco legal de seguridad de la información y ciberseguridad, en estricto cumplimiento de la Ley N° 32002. .
La norma indica que los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro ante las AFP, por única vez, a partir del próximo 20 de mayo.
Este responde plazo a la necesidad de que las AFP implementen los mecanismos de ciberseguridad y de conservación de información que corresponden, según establecido en el reglamento para la gestión de la seguridad de la Información y la ciberseguridad (Resolución SBS N° 504-2021).
De esta manera, el plazo máximo para la presentación de las solicitudes, que es de 90 días calendario, vence el 17 de agosto de 2024.
Las AFP establecerán los mecanismos para garantizar la disponibilidad y adecuado funcionamiento de los canales de atención de las solicitudes de retiro y/o desistimiento de sus afiliados, y deberán difundirlos antes del inicio de la presentación de las solicitudes.
Las plataformas implementadas por las AFP para el registro de las solicitudes de los afiliados deberán contar con estándares mínimos que permitan su correcto llenado y envío, en términos de tiempo y acceso.
Cronograma
La entrega de los fondos por parte de las AFP se realizará según el siguiente cronograma:
- Primer diseño de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la presentación la solicitud ante la AFP.
- Segundo diseño de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer diseño por la AFP.
- Tercer diseño de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo diseño por la AFP.
- Cuarto desembolso por hasta 1 UIT o el remanente del monto solicitado: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el tercer desembolso.
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