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Gobierno publica Ley N° 31113, que regula, autoriza, asegura y garantiza el uso de oxígeno medicinal.
Por: Redacción La Industria
ACTUALIDAD
Publicada el 17/02/2021 - 10:24 AM
Crean Registro Nacional de productores y comercializadores de oxígeno industrial
Empresas reportarán producción de oxígeno industrial para ser orientado al uso medicinal, estableció el Ministerio de Producción.
Los productores y comercializadores de oxígeno industrial pasarán a un registro nacional del Ministerio de la Producción (Produce), con la finalidad de conocer el abastecimiento de este insumo y su posible conversión a uso medicinal para los establecimientos de salud públicos y privados.
De esta manera, el gobierno ha publicado hoy en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 002-2001 Produce, a través del cual crea el Registro Nacional de Productores y Comercializadores de Oxígeno Industrial, el cual estará a cargo de este sector.
En el marco de la Ley N° 31113, que regula, autoriza, asegura y garantiza el uso de oxígeno medicinal, las empresas productoras, importadoras, consumidoras y usuarias reportarán a Produce las cantidades de oxígeno industrial de las que disponen.
“Así, el gobierno podrá contar con información actualizada, verificada y oportuna sobre el abastecimiento nacional de este insumo, con la finalidad de poder orientarlo al uso medicinal, conforme el sector salud lo requiera, frente a la demanda interna que el país viene atravesando, a causa del Covid-19”, expresó el ministro de la Producción, José Luis Chicoma.
NUEVAS DISPOSICIONES
La norma publicada también dispone que, a partir del próximo sábado, los productores, comercializadores, importadores, así como consumidores de oxígeno industrial deberán remitir la información a este ministerio en los formatos establecidos.
Cabe precisar que esta información tendrá carácter de declaración jurada, y, en consecuencia, estará sujeta a las responsabilidades civiles, penales y administrativas, según corresponda.
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