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Algunas actividades productivas continuarán desarrollándose en los departamentos con nivel de alerta sanitaria extrema.

Por: Redacción La Industria

ACTUALIDAD

Publicada el 29/01/2021 - 03:35 PM

Pesca, manufactura y comercio continuarán desarrollándose durante cuarentena


Ministerio de Producción aclaró que estarán permitidas las actividades de algunos sectores durante el confinamiento.

Pesca, acuicultura, manufactura y comercio son algunos de los sectores cuyas actividades estarán permitidas durante la inmovilización social obligatoria en los departamentos con nivel de alerta sanitaria extrema, señaló el ministro de la Producción, José Luis Chicoma.

En los sectores pesca y acuicultura continuarán desarrollándose de manera regular la extracción de recursos hidrobiológicos, el procesamiento de los mismos, así como las actividades relacionadas al transporte de recursos, productos e insumos.

Asimismo, el ministro indicó que se permitirá la comercialización de recursos, productos e insumos pesqueros y acuícolas en mercados de abastos, supermercados, terminales pesqueros y bodegas; en este marco, también estará permitida la fiscalización, control y monitoreo de dichas actividades, entre otros.

Respecto a la manufactura del subsector no primario, está compuesta por los rubros de bienes de consumo, bienes intermedios, bienes de capital y servicios industriales, las actividades permitidas serán la elaboración de productos alimenticios, fabricación de calzado y prendas de vestir, reparación de maquinaria y equipo de transporte, fabricación de aparatos de uso doméstico, entre otros.

COMERCIO

En el caso del comercio, Chicoma Lúcar acotó que continuarán ofreciendo sus servicios de forma presencial las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, respetando el aforo del 40 % en las regiones de nivel extremo.

De igual forma, en este nivel, los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados, solo podrán realizar entrega a domicilio hasta las 6:00 p.m.

Asimismo, en el caso de los restaurantes y afines como juguerías, fuentes de soda, servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, podrán ofrecer sus productos a través de delivery, propio o de aplicativos, durante las 24 horas, los 7 días de la semana.

Es preciso señalar que, en todos los casos antes expuestos, los trabajadores deberán contar con los permisos respectivos para cada actividad y pase laboral y/o vehicular.


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