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Luego las trasladaron a la comisaría de Ayacucho.

Por: Redacción La Industria

TRUJILLO

Publicada el 13/09/2020 - 06:59 PM

Trujillo: intervienen a seis personas cuando libaban licor en la vía pública


¡No creen en nada! Estas personas fueron detenidas esta mañana en las inmediaciones de la urbanización Villa Contadores.

Pese a las disposiciones dictadas por el Gobierno que prohíbe todo tipo de reuniones sociales, para evitar la propagación de la COVID 19, un grupo de personas hacían caso omiso a lo establecido por la autoridad, y bebían alcohol en la vía pública, en pleno toque de queda, siendo inmediatamente intervenidas mediante un operativo conjunto entre Seguridad Ciudadana de la MPT, Policía Nacional y el Ejército Peruano.

El hecho ocurrió el último domingo a las 10:30 A.M. en la urbanización Villa Contadores. Una llamada telefónica registrada en la Central de Emergencias y Monitoreo, advirtió al cuerpo de Seguridad Ciudadana, sobre este ilícito acto público.

Rápidamente, gracias al patrullaje integrado con personal del Ejército Peruano y Policía Nacional, los agentes se constituyeron hasta la Mz M, lote 33 del Condominio Villa María, procediendo a la detención de 6 personas que se hallaban en los exteriores de un domicilio bebiendo cervezas y escuchando música a alto volumen.  

“Estos actos son reiterativos, pero no vamos a ceder. Debemos ser respetuosos de la ley que prohíbe este todo tipo de reuniones sociales, bajo sanciones penales; sin embargo, hay quienes no quieren acatarla, pues bien, serán detenidos y puestos a disposición de las autoridades correspondientes. Nuestro deber es salvaguardar la tranquilidad, vida y salud de la población”, señaló el gerente municipal de Seguridad Ciudadana, Mario Sánchez Vera.    

Los detenidos, entre los que figuran 3 hombres y 3 mujeres, fueron trasladados a la comisaría de Ayacucho, para las diligencias de ley.

Los intervenidos podrían afrontar un proceso legal por infringir el art. 292° del Código Penal, el cual señala: “El que viola medidas impuestas ´por la ley o por la autoridad para la inducción al país o la propagación de una enfermedad o epidemia o plaga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de tres años y con noventa a ciento ochenta días – multa”.



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