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Por: Redacción La Industria

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Publicada el 06/12/2019 - 07:58 PM

Aprende en cinco pasos si te corresponde recibir la gratificación


El próximo 16 de diciembre se vence el plazo de pago por el empleador para remunerar la gratificación a los trabajadores.

El próximo 16 de diciembre se vence el plazo de pago por el empleador para remunerar la gratificación a los trabajadores, y por ello es importante saber si le toca este beneficio y en qué medida. César Puntriano, profesor de ESAN Graduate School of Business  aconseja tomar en cuenta los siguientes puntos:

1. Categoría de empresa

De acuerdo con número de trabajadores, existen diferentes tipos de empresa: microempresa, pequeña empresa, mediana y gran empresa. Cada una de estas retribuye a sus colaboradores una gratificación distinta.

Las medianas y grandes empresas, reconocerán en estas fiestas una remuneración equivalente a un mes de trabajo; quienes laboran  en una pequeña, recibirán el equivalente a 15 días de pago y los que trabajen en una microempresa no les corresponde. 

2. Servidor público

Quienes trabajen para el Estado no recibirán gratificación, pero sí un aguinaldo de 300 soles, independientemente del cargo que ocupe, salvo que estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Este beneficio incluye a los trabajadores que se encuentren bajo el régimen de CAS (Contrato Administrativo de Servicios).

3. Cálculo de gratificación

La gratificación completa para trabajadores de la empresa privada se retribuirá siempre y cuando el colaborador haya laborado en la empresa en el último semestre (es decir, de julio a diciembre). 

En el caso que este haya estado menos tiempo, se reducirá proporcionalmente el monto de acuerdo al tiempo de servicio (de 1/6 por mes calendario completo trabajado durante el semestre).

4. Descuentos

Es importante mencionar que el empleador no puede efectuar descuento alguno sobre la gratificación o aguinaldo.

5. Bonificación

Los trabajadores recibirán además de la remuneración que les corresponda, de acuerdo a su caso, una bonificación del 9% de la misma si este está inscrito en es ESSALUD.

Por el contrario, si el colaborador se encuentra cubierto por una EPS, el empleador le abonará el 6.75% de su remuneración. Cabe destacar que si el empleador no paga la gratificación en el plazo indicado podrá ser multado por la institución competente hasta por una suma de 94,500 soles. (Con información de Andina)


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