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Buses interprovinciales fabricados en 1990 deberán salir de circulación este año

En el ámbito regional y provincial, el régimen de permanencia será determinado mediante resolución ministerial del citado portafolio.

Buses que sean del año 1990 deberán ser retirados | foto: Difusión
Buses que sean del año 1990 deberán ser retirados | foto: Difusión

El Ministerio de Transportes aprobó hoy un nuevo Régimen Extraordinario de Permanencia de Vehículos destinados al Transporte Terrestre de Personas, en el ámbito nacional, el cual establece que las unidades con fecha de fabricación en 1990 saldrán de circulación el 31 de diciembre de este año.

En el caso de los vehículos fabricados entre los años 1990 y 2009, se deberá sumar 22 años para determinar la fecha de salida del servicio. Por ejemplo, si se fabricó en el 2001, saldrá de circulación el 31 de diciembre del 2023 y si se fabricó en el 2005 saldrá del servicio el 31 de diciembre del 2027.
 
Sin embargo, la cantidad de años de permanencia varía para los vehículos fabricados a partir del año 2010-2011, en cuyo caso saldrán del servicio el 31 de diciembre del 2032; los fabricados entre el 2012-2013 saldrán en el 2033 y los que se fabricaron en 2014-2015 saldrán en el 2034.
 
El cronograma culmina con los vehículos fabricados en los años 2016-2017, en cuyo caso saldrán de circulación el 31 de diciembre del 2035; los que se fabricaron en el 2018-2019 saldrán en el año 2036 y los fabricados en los años 2020-2021 harán lo propio el 31 de diciembre del año 2037.
 
La norma advierte que el nuevo régimen obedece a que el anterior permitía que los vehículos  que superaban los 15 años de antiguedad presten servicio más tiempo que aquellos fabricados desde el 2010, con lo cual se observaba un privilegio a los vehículos antiguos sobre los de menor antiguedad.
 
"Ahora, el objetivo esencial de este nuevo régimen es lograr la renovación del parque automotor", añade el decreto, que además advierte que la autoridad competente dispondrá de oficio la deshabilitación de los vehículos una vez que se vayan venciendo las fechas del cronograma.
 
En el ámbito regional y provincial, el régimen de permanencia será determinado mediante resolución ministerial del citado portafolio, la misma que será expedida previa coordinación con los gobiernos regionales y provinciales.

 

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